El Programa Entre Todos – Sueños en Obra promueve proyectos de inversión, también en el marco de la Ley N° 18.795, con el objetivo principal de generar y facilitar el acceso a la vivienda de los sectores socio-económico bajo, medio-bajo, y medio de la población. Pretende, además, incrementar significativamente la oferta de vivienda y fomentar la construcción en todo el país, permitiendo que los proyectos se instalen en suelo sub-urbano y en zonas sin saneamiento.
- Tener un proyecto de viviendas ingresado en la DINAVI y declarado promovible por parte de la Comisión de Evaluación Técnica y Asesoramiento (CETA).
- Ingresar el proyecto de forma digital aquí, completando el formulario con datos de la empresa y agregar documentos e información del proyecto según lo establecido en el Formulario 237 – Requisitos para el estudio y seguimiento de proyectos, que figura en adjuntos.
- Ver manual para el ingreso digital de proyectos.
- El inversor debe dirigirse a la Dirección Nacional de Vivienda (DINAVI) para ingresar su proyecto en el programa "Entre Todos - Sueños en obra".
- La DINAVI ingresa el proyecto a la Comisión de Evaluación Técnica y Asesoramiento (CETA), con el cometido de gestionar el fideicomiso de inversión y analizar el cumplimiento de los proyectos con el reglamento vigente y sus especificidades. Éstos serán evaluados de acuerdo a los aspectos económicos (costos de obra, cumplimiento del precio tope), financieros (evaluación del aporte del promotor), operativos (estudio de capacidad técnica de la empresa), arquitectónicos (implantación y anteproyecto) y comerciales (análisis inmobiliario, consulta de aspirantes).
- En base a estos criterios, la CETA determina si el proyecto es promovible, notificando a la empresa y enviando a la Oficina del Inversor los informes técnicos y los recaudos recibidos (presupuesto, tipologías e información notarial).
- El inversor debe solicitar el rol de pre ingreso en los sistemas ANV (link) de acuerdo al instructivo en vínculos de interés.
- Una vez que el inversor cuenta con el rol de pre ingreso, debe ingresar a los sistemas ANV la documentación solicitada en el Formulario 237 - Requisitos para el estudio y seguimiento de proyectos.
El proceso se inicia en el MVOT y, una vez obtenida la aprobación técnica del proyecto, se transfiere a la ANV. Por lo tanto, según la etapa en la que se encuentre el trámite, el inversor deberá comunicarse con:
- MVOT: para consultas o gestiones relacionadas con la presentación inicial y aprobación técnica (2917 0710 interno 2225).
- ANV: para etapas posteriores a la aprobación, incluyendo seguimiento, resolución y beneficios vinculados a la promoción del proyecto (17217 internos 7078 – 7871).