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Ingreso digital de proyectos Entre Todos (decreto N°59/2022)
¿Qué es?

El Programa Entre Todos – Sueños en Obra promueve proyectos de inversión, también en el marco de la Ley N° 18.795, con el objetivo principal de generar y facilitar el acceso a la vivienda de los sectores socio-económico bajo, medio-bajo, y medio de la población. Pretende, además, incrementar significativamente la oferta de vivienda y fomentar la construcción en todo el país, permitiendo que los proyectos se instalen en suelo sub-urbano y en zonas sin saneamiento.

Requisitos
  • Tener un proyecto de viviendas ingresado en la DINAVI y declarado promovible por parte de la Comisión de Evaluación Técnica y Asesoramiento (CETA).
  • Ingresar el proyecto de forma digital aquí, completando el formulario con datos de la empresa y agregar documentos e información del proyecto según lo establecido en el Formulario 237 – Requisitos para el estudio y seguimiento de proyectos, que figura en adjuntos. 
  • Ver manual para el ingreso digital de proyectos.
¿Cómo se hace?
  1. El inversor debe dirigirse a la Dirección Nacional de Vivienda (DINAVI) para ingresar su proyecto en el programa "Entre Todos - Sueños en obra". 
  2. La DINAVI ingresa el proyecto a la Comisión de Evaluación Técnica y Asesoramiento (CETA), con el cometido de gestionar el fideicomiso de inversión y analizar el cumplimiento de los proyectos con el reglamento vigente y sus especificidades. Éstos serán evaluados de acuerdo a los aspectos económicos (costos de obra, cumplimiento del precio tope), financieros (evaluación del aporte del promotor), operativos (estudio de capacidad técnica de la empresa), arquitectónicos (implantación y anteproyecto) y comerciales (análisis inmobiliario, consulta de aspirantes).
  3. En base a estos criterios, la CETA determina si el proyecto es promovible, notificando a la empresa y enviando a la Oficina del Inversor los informes técnicos y los recaudos recibidos (presupuesto, tipologías e información notarial). 
  4. El inversor debe solicitar el rol de pre ingreso en los sistemas ANV (link) de acuerdo al instructivo en vínculos de interés.
  5. Una vez que el inversor cuenta con el rol de pre ingreso, debe ingresar a los sistemas ANV la documentación solicitada en el Formulario 237 - Requisitos para el estudio y seguimiento de proyectos.
¿Dónde y cuándo se realiza?

El proceso se inicia en el MVOT y, una vez obtenida la aprobación técnica del proyecto, se transfiere a la ANV. Por lo tanto, según la etapa en la que se encuentre el trámite, el inversor deberá comunicarse con:

  • MVOT: para consultas o gestiones relacionadas con la presentación inicial y aprobación técnica (2917 0710 interno 2225).
  • ANV: para etapas posteriores a la aprobación, incluyendo seguimiento, resolución y beneficios vinculados a la promoción del proyecto (17217 internos 7078 – 7871).
Contacto
oficinadelinversor@anv.gub.uy / ceta@mvot.gub.uy