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Tercer llamado para la culminación de obras inconclusas y terrenos para vivienda promovida (mayo 2013)

A través del Programa de Recuperación Urbana y Social, la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) busca finalizar proyectos inmobiliarios de obras paralizadas, con el fin de brindar viviendas, recuperar el entorno urbano y social, y valorizar el activo del Estado constituido por las obras detenidas.

Se trata de 5 estructuras edilicias paralizadas (3 en Montevideo y 2 en Rocha), y 11 terrenos (1 en Durazno, 6 en Maldonado, 3 en Río Negro y 1 en Montevideo).

Actualmente estas obras paralizadas generan múltiples problemas en el entorno urbano, intrusión en condiciones de vida insalubre, deterioro del entorno urbano y riesgos a terceros (linderos y vía pública), pérdidas de recursos y menoscabo de activos públicos, familias que pagaron parte o toda su vivienda y nunca les fue entregada, entre otros.

El objetivo del Programa y de este llamado es culminar los emprendimientos a fin de proveer soluciones habitacionales, resolver situaciones de vulnerabilidad social y de promesas incumplidas, recuperar el entorno urbano y valorizar activos públicos.

Propuestas preseleccionadas
Estructura terreno Localidad Padrón Oferentes seleccionados
CH 286 Montevideo 6.967 Dirlen S.A.
Terreno Durazno Durazno 8.183 Bonet Julián, Alice Justino Esquivel
Terreno Maldonado Altos del Pinar 24.019 GBU Fiduciaria Ltda.
Terreno Maldonado Altos del Pinar 24.020 GBU Fiduciaria Ltda.
Terreno Maldonado Altos del Pinar 24.021 GBU Fiduciaria Ltda.
Terreno Montevideo Montevideo 555 Bonet Julián, Alice ELDIR S.A.
Listado de estructuras edilicias inconclusas incluidas en el llamado
CH Localidad Padrón Dirección Viviendas Ficha
Mauritalia Montevideo 26.427 L. A. de Herrera 2011 42  
277 Montevideo 418.968 Rondeau - Freire - C. Díaz 188  
286 Montevideo 6.967 Paraguay y La Paz "Scenarium" 110  
C 31 Rocha 5.643 Francisco de los Santos 40  
C 32 Rocha 5.642 Francisco de los Santos 48  
Listado de terrenos para VIS incluidos en el llamado
Departamento Localidad Padrón Dirección Área Ficha
Durazno Durazno 8183 Aparicio Saravia entre Pérez Castellanos y Larrañaga 240  
Maldonado Altos del Pinar 24016 Ventura Alegre esq. Los Tulipanes 802  
Maldonado Altos del Pinar 24017 Ventura Alegre esq. Los Tulipanes 720  
Maldonado Altos del Pinar 24019 Frente a El Ceibo y de frente a Los Tulipanes casi Ventura Alegre 772  
Maldonado Altos del Pinar 24020 Frente a El Ceibo y de frente a Los Tulipanes casi Ventura Alegre 772  
Maldonado Altos del Pinar 24021 Frente a El Ceibo y de frente a Los Tulipanes casi Ventura Alegre 772  
Maldonado Altos del Pinar 24023 Esq. con frente a El Ceibo y Los Tulipanes 999  
Montevideo Montevideo 555 Mercedes 1509, 1511 y 1513 y Vázquez 230  
Río Negro Fray Bentos 915 Ituzaingó y Oribe 946  
Río Negro Fray Bentos 1515 José Pedro Varela entre F.J.M. de Haedo y Rincón 909  
Río Negro Fray Bentos 2130 España entre Bohanes y Alzáibar 595

Cronograma del llamado

  • Apertura del llamado miércoles 29 de mayo de 2013.
  • Cierre del llamado: viernes 9 de agosto de 2013 a las 16 hs.
  • Fecha límite para preselección de ofertas: 15 días (con posibilidad de prórroga de 15 días por razones fundadas).
  • Fecha límite para ajuste de propuestas, mejoras e intercambios con preseleccionados: 30 días.
  • Determinación de los seleccionados: 30 días.
  • Memorando: 45 días para llegar a un acuerdo con extensión del plazo a 15 días por razones fundadas. El plazo máximo para elaborar el Memorando es de 60 días, si en este período no se logra llegar a un acuerdo se retomará el proceso teniendo en cuenta el resto de los inversores seleccionados.

Bases del Llamado a Expresiones de Interés

La ANV convoca a inversores públicos y privados a manifestar su interés en inmuebles de la cartera que administra para:

  • La adquisición y/o finalización de la construcción de inmuebles inconclusos y comercialización de las unidades resultantes.
  • La adquisición de terrenos y construcción de viviendas.

El interés de la ANV reside en el aporte de nuevas viviendas a la sociedad uruguaya y en el valor que conlleva la recuperación urbana del entorno al terminar de construir estos inmuebles.

La ANV reglamentó sus procedimientos de contratación para este tipo de actividad, estableciendo diferentes etapas para la concreción de los proyectos de inversión, brindando garantías de transparencia, competencia, y buscando evitar innecesarios costos de presentación a los inversores interesados. Dicho reglamento se encuentra a continuación.

Objeto y definiciones

Artículo 1º. El presente llamado tiene por objeto recibir expresiones de interés para desarrollar inversiones inmobiliarias, a ser realizadas dentro del marco de las políticas definidas por el MVOT y del Plan de Recuperación Urbana y Social de la ANV.

  • Las presentes bases regulan el proceso de negociación y contratación para desarrollar proyectos inmobiliarios, que podrán comprender la participación de la ANV y del MVOT a través de mecanismos que faciliten el desarrollo de los proyectos en términos de gestión y asesoramiento, formulación de emprendimientos, asociación y estructuración de esquemas de financiamiento para la ejecución y la comercialización de los proyectos.

Artículo 2º. A los efectos de estas bases se define:

  • Proyecto de inversión inmobiliaria: propuesta de un proyecto arquitectónico a construir sobre un terreno disponible, o inmueble inconcluso o a reciclar, al cual se desea recuperar dándole un destino urbano y socialmente útil, con valores de comercialización adecuados a la población meta establecida y a las condiciones del segmento de mercado objetivo para el emprendimiento. En principio, no se plantean limitaciones al respecto que no sean las que resulten del mercado.
  • Inversor interesado: la persona física o jurídica o conjunto de ellas, de carácter público, privado o mixto, nacional o no, que se presenta a los llamados a expresiones de interés para llevar adelante el proyecto de inversión inmobiliaria y la construcción o reciclaje del inmueble objeto de la inversión, llevando adelante el proyecto comercial de venta o arrendamiento de las unidades resultantes.
  • Inversor preseleccionado: el inversor interesado que se ha presentado a un llamado a expresiones de interés y, en función de su presentación primaria, ha sido elegido a los efectos de profundizar su propuesta.
  • Inversor seleccionado: el inversor preseleccionado cuya propuesta detallada ha sido elegida como la más conveniente a llevar adelante en el marco de los objetivos definidos.
  • Llamado a expresiones de interés: es la convocatoria pública a inversores interesados en determinado inmueble inconcluso, a efectos de presentar ante la Agencia dentro del plazo estipulado, su idea de proyecto y antecedentes empresariales.

Información a los potenciales inversores

Artículo 3º. La ANV suministrará la información disponible sobre:

  • Los elementos que definirán su participación en el rol de facilitación y o asociación.
  • Las políticas y la disponibilidad de recursos técnicos, logísticos y económicos.
  • El marco legal e institucional vigente.
  • Para cada inmueble, la preferencia que la Agencia le dará a proyectos que impliquen la posibilidad de asociación o de venta el inmueble.

El llamado a expresiones de interés:

  • Se publicará en el sitio web institucional, en el de compras estatales y en las revistas especializadas de proveeduría estatal.
  • Se comunicará directamente a todos los inversores potenciales que hayan transmitido tal interés a la División Mercado Inmobiliario, así como a las organizaciones referentes en el ámbito de actuación del llamado.
  • Podrá publicarse en medios de comunicación.

Del llamado a expresiones de interés y la preselección

Artículo 4º. La preselección de inversores interesados, se efectuará mediante un llamado público a expresiones de interés.

Artículo 5º. Entre la convocatoria pública y la apertura del llamado habrá un lapso mínimo de cuatro semanas.

Artículo 6º. Cuando se realice el llamado a expresiones de interés se publicarán los requerimientos y objetivos que se estime pertinente, en cuanto a la política en materia de vivienda y el alcance en términos territoriales, urbanísticos, de destino edilicio y de contenido social que se persiguen, así como la disponibilidad de recursos a asignar al llamado.

Artículo 7º. En la presentación, los inversores interesados deberán aportar:

  • Información de la empresa y, en caso de ser un consorcio u otra forma de asociación (aún en proceso de formación), el detalle de la misma, en especial, su solvencia económica.
  • Antecedentes en la construcción y/o comercialización de inmuebles, siendo relevantes los vinculados a proyectos similares al objeto del llamado.
  • Información sobre la inversión prevista, sea con fondos propios y/o financiados para ejecutar el proyecto, indicando su origen.
  • Desarrollo sumario de la idea de proyecto a realizar, su plan de negocios (incluyendo el marketing), flujos de fondos, financiamiento, y cronograma de obras.
  • Anteproyecto arquitectónico cuyo diseño respalde el plan de negocios desde el punto de vista de su imagen formal, funcionalidad edilicia e inserción urbana compatible con el perfil del público objetivo definido.
  • Otros elementos de juicio relevantes.
  • Dirección electrónica a efectos de las comunicaciones y notificaciones.

En esta etapa, será suficiente la presentación de fotocopia de la documentación. Para presentar al llamado, los inversores interesados deberán efectuar un depósito en garantía por la suma equivalente a UI 25.000 (veinticinco mil unidades indexadas) en efectivo, la cual será reintegrada al final del proceso o en oportunidad de rechazar la propuesta presentada. En caso de resultar preseleccionado, se devolverá la garantía luego de comprobar la veracidad de la documentación presentada.

Artículo 8º. La Gerencia General, previos informes técnicos reservados, preseleccionará los proyectos en función de:

  • La información de la empresa.
  • La solvencia económica demostrada y la inversión de fondos propios prevista respecto de las necesidades estimadas del proyecto.
  • La idea de proyecto que se presenta a realizar, su plan de negocios, flujos de fondos, financiamiento, y cronograma de obras.
  • La calidad arquitectónica del anteproyecto y su adecuación al proyecto de negocio.
  • La potencialidad del proyecto en el marco del Plan de Recuperación Urbana y Social.

En el mismo acto, la Gerencia General fijará el plazo para la selección.

Artículo 9º. Aprobada la preselección, la misma será publicada en el sitio web institucional y notificado a los demás inversores interesados.

Artículo 10º. Los funcionarios de la Agencia serán responsables, durante el proceso de preselección y selección, de mantener la confidencialidad de las propuestas de los posibles inversores.

De la selección

Artículo 11º. Los inversores preseleccionados recibirán el apoyo de los técnicos designados al efecto, para la preparación de una propuesta concreta y detallada.

Artículo 12º. Adicionalmente, se podrá efectuar una reunión colectiva con los inversores preseleccionados, a los efectos de suministrar información de detalle para la selección definitiva.

Artículo 13º. La Agencia seleccionará la mejor propuesta en función de:

  • La información de empresa.
  • La solvencia económica demostrada y la inversión de fondos propios prevista respecto de las necesidades estimadas del proyecto.
  • La idea de proyecto que se presenta a realizar, su plan de negocios (incluyendo el Plan de marketing), flujos de fondos, financiamiento, y cronograma de obras.
  • La calidad y del anteproyecto arquitectónico y la su adecuación al plan de negocios desde el punto de vista de su imagen formal, funcional y de inserción urbana compatible con el perfil del público objetivo definido.
  • El resultado económico a juicio de la Agencia, especialmente cuando el proyecto requiera de inversión pública.
  • La potencialidad del proyecto en el marco del Plan de Recuperación Urbana y Social.
  • Otros factores que se consideren relevantes.

Artículo 14º. La selección será resuelta por el Directorio, teniendo en cuenta el informe elevado a través de la Gerencia General, el cual será elaborado por un Comité Técnico Asesor, integrado por funcionarios técnicos de la Agencia designados por la referida Gerencia General, nombramiento que no podrá recaer en los mismos funcionarios que interactuaron con los inversores preseleccionados.

Artículo 15º. Aprobada la selección, la misma será publicada en el sitio web institucional y notificado a los demás inversores preseleccionados.

Del contrato

Artículo 16º. La selección realizada respecto de determinado inversor es la etapa previa a la definición de los detalles, la presentación de la documentación original y la formalización del contrato, aspectos que serán acordados por ambas partes.

En caso de existir discrepancias, la Agencia (teniendo en cuenta los antecedentes del proceso), efectuará al inversor seleccionado una propuesta final para su aceptación o rechazo.

Artículo 17º. De no aceptar esta propuesta final, el inversor podrá proponer una nueva, en el plazo de cinco (5) días hábiles y, de no haber acuerdo, la Agencia retomará el proceso teniendo en cuenta el resto de los inversores preseleccionados.

 

Inscripciones

  • En la División Mercado Inmobiliario de la ANV - Cerrito 400, Planta Baja (Montevideo).
  • Las consultas se recibirán únicamente vía mail a mercadoinmobiliario@anv.gub.uy
  • Las respuestas serán publicadas en el sitio web de la ANV.